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Los intentos por erradicarla han venido tomando fuerza en el último tiempo
Los intentos por erradicarla han venido tomando fuerza en el último tiempo, quizá estimulados por la sensación colectiva de un aumento en los casos debido a la difusión en los medios de comunicación de mujeres asesinadas por sus parejas, sin embargo de existir desde siempre. Extenso sería referirnos a los componentes que desatan un acto de agresión al interior de la familia, siendo un conglomerado de factores de suyo complejos de analizar, propios de las ramas de la psicología o la sociología.
Junto con los factores que la desencadenan, existen, por otro lado, aquellos que la perpetúan, como la carencia de una legislación adecuada que defina al maltrato y la violencia dentro de la familia como conductas socialmente punibles, escasez de apoyo institucional para las víctimas o la impunidad de quienes ejercen la violencia hacia sus familiares. A estos puntos está referido el presente artículo, precisamente, puesto que habiendo ganado la violencia intrafamiliar caracteres de alarma pública ha venido reformulándose a penas hace menos de diez años todo el sistema institucional y legal referido al tema. Es así como, coincidentemente con la creación de los tribunales de familia entró en vigencia la nueva Ley Sobre Violencia Intrafamiliar el año 2005 transformando toda la mecánica y conceptos conocidos hasta entonces y obligando al propio Estado a implementar políticas para prevenirla, como incorporarla a los programas de estudio para modificar las conductas que la favorecen; capacitar a los funcionarios públicos llamados a intervenir (se pretende terminar con la llamada victimización secundaria, esto es, la persona agredida volvía a ser victimizada cuando recurría a instituciones o profesionales debido a los mitos y estereotipos culturales en torno al tema, quienes, por ejemplo, buscaban primeramente la culpabilidad en la víctima); creación de programas de seguridad pública, entre otros.
Así mismo, se estableció en la ley una serie de mecanismos concretamente represivos. En efecto, hoy en día la violencia intrafamiliar puede constituir delito y ser castigado como tal, esto es, con una pena privativa de libertad, a diferencia de la antigua legislación que apenas la consideraba como una falta. Es el llamado “delito de maltrato habitual”, que consiste en el ejercicio habitual de violencia física o síquica cometido en contra de alguna de las personas señaladas en la ley, sin que se requiera que se trate siempre de la misma víctima.
Por otra parte, la actual legislación pretende evitar por los medios posibles que la agresión llegue a producirse.
Por otra parte, la actual legislación pretende evitar por los medios posibles que la agresión llegue a producirse y con este fin establece que existiendo un riesgo inminente de sufrirla, es decir, no existiendo aún pero temiendo fundadamente que llegue a producirse, bastará la sola denuncia para que se tomen las medidas de resguardo establecidas en la ley como, prohibir o restringir la presencia del ofensor en el hogar común, lugar de estudio o de trabajo de la víctima; prohibir el porte y tenencia, o incautar armas de fuego, entre otras.
Es innegable que la situación normativa actual relativa a la violencia intrafamiliar es diametralmente opuesta a la existente hace seis cinco años atrás. Se intenta por una parte reeducar a la población respecto al tema, producir conciencia no sólo desde el seno de la familia, en cuanto esto ello sea posible para una ley, sino también en la sociedad, otorgándose ahora posibilidad a terceros para denunciar y la seguridad de mantener su identidad en reserva; haciendo la denuncia obligatoria para ciertas personas como profesores, personal de la salud, etc.; facilitando la denuncia al establecer que puede realizarse ante cualquier fiscal del ministerio publico, juez de garantía o juez de familia. Carabineros, por su parte, ahora están obligados intervenir en casos de flagrancia, pudiendo entrar al hogar y detener al agresor, además de incautar armas. Se intenta reprimir con mayor dureza la agresión, pues al incorporar el tipo de violencia habitual a los delitos se posibilita el castigo con privación de libertad y no sólo con una multa u otra medida menor que no se ajustaba a la real gravedad del hecho. Con la actual legislación, además, este tipo de maltrato constituye una agravante al haberse aumentado en un grado todas las lesiones tratándose de actos constitutivos de violencia intrafamiliar.
En definitiva, los instrumentos legales, las instituciones y organismos creados para la prevención y sanción existen y se encuentran en funcionamiento. Es así que, en mi opinión, a menos de cinco años de su puesta en marcha no puede hablarse de falla del sistema o de la Ley, sin pecar de ligereza y falta de objetividad, puesto que, primeramente, no es un problema imputable al puro sistema legal ni al gobierno sino que es un germen que se gesta desde la raíz del seno familiar en los primeros albores de la infancia pasando luego por factores sociales y otros, que vienen a consolidarlo, produciendo finalmente a un agresor respecto del cual, ahora sí, es el Estado el llamado a reprimir y a rehabilitar en cuanto ello sea posible. Por otra parte, los cambios legales, institucionales, sistémicos y, en fin, todo cambio social requiere de un tiempo prolongado de ajuste y sobretodo de la internación en la conciencia de aquellos para quienes va dirigido antes de poder hablar de fallas o aciertos. La tarea es ardua y no depende solamente del gobierno de turno sino también de todos y cada uno de los actores de la sociedad partiendo por el núcleo familiar desde el nacimiento, pero tengamos confianza y esperanza, pues, al contrario de lo que piensan los pesimistas, el mundo ha cambiado y seguirá haciéndolo, pero en una evolución favorable para la humanidad.
Extenso sería referirnos a los componentes que desatan un acto de agresión al interior de la familia
JENIFFER MARTÍNEZ PONCE
Abogada
abogadasenlinea@gmail.com