¿Quieres recibir una notificación por email cada vez que Andruenchile escriba una noticia?
Este tema trata en el caso de que tu, siendo extranjero, has decidido regresar a tu país de forma definitiva. Por esto se entiende que dejas tus funciones, no aplica si estas trabajando pero estarás viendo fuera de Chile, mientras exista relación laboral en Chile no puedes acceder a este beneficio.Explicare primeramente que la AFP , es d ecir, Administradora de Fondos de Pensiones , es la encargada de guardar el 11% aproximadamente de tu sueldo, para el momento de tu retiro. Desde Agosto de 2014, todos los nuevos cotizantes deben inscribirse en la empresa AFP Plan Vital por durante los primeros 2 años, después de eso pueden cambiarse a cualquier otra empresa de fondo de pensión .
Ahora, entendiendo que esta explicación solo es para aquellos que se DEVUELVEN a su país, si tu intención es quedarte en Chile, pues corres la misma suerte que un Chileno que no ha salido nunca de su país, simplemente NO PODRÁS RETIRARLOS, por lo que aspiro no recibir preguntas en este aspecto y solo si cumples el requisito principal, TE REGRESAS DE FORMA DEFINITIVA.
Todo el beneficio esta basado en la Ley 18.156, la cual entró en vigencia el 25 de agosto de 1982, fecha de su publicación en el Diario Oficial. Luego de su promulgación el texto sufrió modificaciones introducidas, por el artículo único del la Ley N° 18.726, que fue publicada en el Diario Oficial del 23 de julio de 1988 . Destaco las fechas para destacar una vez mas, que las leyes de migración son extemporáneas ya que fueron hechas pensada para cierto tipo de extranjeros, nadie en esos tiempos pensó que alguien por su propia voluntad quisiera migrar a Chile, y es por esto que hay muchas falencias y vacíos legales al respecto, como verán a continuación .
REQUISITOS BÁSICOS
Los requisitos esenciales para poder retirar los fondos que debes presentar son:
Es decir, lean bien el contrato antes de firmarlo y en caso que no exista la clausula donde se exprese dicha voluntad, dejare el link para DESCARGAR EL MODELO AQUÍ (*tomado de chilenizandome.wordpress.com). Pero no vayan a perder una oportunidad laboral si el empleador no accede a esto, no es obligación que esta clausula debe estar, solo es en el caso de que la posibilidad de que retornes a tu país es tangible, y real, pero hacerlo por "si acaso", no pueda ser buena idea si eso conlleva a perder una oportunidad de empleo si aun no cuentas con visa, lo puedes corregir mas adelante o en otro empleo.
CERTIFICADO DE AFILIACIÓN
Este punto es claro, al momento de solicitar el reembolso de tu fondo de pensión , debes contar con el Certificado de Afiliación al sistema previsional de tu país , y debidamente LEGALIZADO en tu país , es decir, ministerio de relaciones exteriores, consulado de Chile, etc, etc. COPIA DEL TITULO PROFESIONAL Aquí es donde viene lo bueno, este beneficio NO ES PARA TODO EXTRANJERO, solo para aquellos TÉCNICOS , o Profesionales, si tu caso es alguien sin titulo universitario y legalizado, no podrás hacer el retiro. ¿Porque No?, pues porque el Decreto de Ley así lo dice: "Articulo 1°. Las empresas que celebren contratos de trabajo con personal técnico extranjero y este personal, estarán exentos, para los efectos de esos contratos, del cumplimiento de las leyes de previsión que rijan para los trabajadores, no estando obligados, en consecuencia, a efectuar imposiciones de ninguna naturaleza en organismos de previsión chilenos, siempre que se reúnan las siguientes condiciones ." Pueden confirma la información en la pagina de la Subsecretaria de Previsión Social del Gobierno de Chile haciendo clic aquí
Por ultimo, deben ademas contar que posiblemente le hagan una retención de impuesto de Segunda Categoría si correspondiera. El tramite es simple, si lo haz planificado y previsto desde un principio.Espero se entienda, que Chile no esta preparado para recibir extranjeros, tampoco puedo decir que es una prioridad como en otros países como Canadá o Australia, donde hay una visión de futuro, lo que existe es lo que hay, y el reglamento esta enfocado en Reglamentar la estadía, no en fomentar o sacar provecho de los foráneos para enriquecer la cultura o poblar ciudades donde ni los mismos nacionales desean estar.En fin de esta publicación es meramente informativa y no pretendo se vuelva una plataforma de protesta o queja sobre el sistema que hay. No comas ansias al respecto si no sabias que existía este beneficio y pretendas venir a ahora con un nuevo papel que no cuentas "Certificado de Afiliación Previsional" si tus intenciones son empezar de nuevo, deja esta información guardada para saber que hacer en caso de.