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La Cámara acordó solicitar al Ejecutivo modificar el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, de manera que estos delitos, por su gravedad, no sean objeto de beneficios carcelarios de ningún tipo.
El proyecto de acuerdo N° 741, aprobado por 34 votos a favor y 7 en contra, fue presentado por los diputados Lautaro Carmona (PC), Guillermo Teillier (PC), Fidel Espinoza(PS), Adriana Muñoz (PPD), Marcos Espinosa (PRSD), Sergio Aguiló (IC), Aldo Cornejo (DC), Carlos Montes (PS), Tucapel Jiménez (PPD) y Gabriel Ascencio).
En los antecedentes, los diputados explican que en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, contenido en el Decreto Supremo N° 518, del 21 de agosto de 1998, del Ministerio de Justicia, se establece que "la concesión, suspensión o revocación de los permisos (...) será una facultad privativa del Jefe de Establecimiento; sin embargo, sólo podrá concederlos a los internos que gocen de informe favorable del Consejo Técnico".
Añaden que en el caso de los delitos de lesa humanidad, por su gravedad, no pueden ser objeto de beneficios carcelarios, pues ello "genera en la ciudadanía el efecto de considerar que se está vulnerando el cumplimiento efectivo de la pena, como ha quedado demostrado ante la concesión de estos beneficios a condenados por crímenes de lesa humanidad, cometidos durante la dictadura militar".
Los autores precisan que esto ha ocurrido con los beneficios otorgados por Gendarmería a Emilio Neira, ex agente de la CNI. César Palma y Otto Trujillo. Este último fue condenado a 5 años de presidio como autor del secuestro calificado con resultado de homicidio de David Urrutia Galaz (1975).
Por su parte, el mayor de Ejército Emilio Neira (ex agente CNI) fue condenado a 8 años y un día como autor de los homicidios calificados de Recaredo Ignacio Valenzuela Pohorecky y José Joaquín Valenzuela Levi, en junio de 1987, en el marco de la Operación Albania.
César Palma Ramírez, ex agente del Comando Conjunto, condenado por diferentes homicidios (David Urrutia, Carlos Contreras y secuestro calificado de Humberto Fuentes Rodríguez) logró la salida diaria, lo que implica que sólo pernoctará de noche en el penal.
"A esto se ha sumado el otorgamiento de la libertad dominical, en virtud del informe favorable del Consejo Técnico de Gendarmería a los condenados por el llamado Caso Degollados, tras cumplir 20 años de condena en Punta Peuco", agrega el texto.
Ante ello, los diputados solicitan modificar el citado Reglamento, de manera que los delitos considerados crímenes de lesa humanidad, por su gravedad, de acuerdo a los tratados vigentes y ratificados por Chile, en materia de derechos humanos, no podrán ser objeto de beneficios carcelarios de ningún tipo.