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🔴 Requisitos para arraigo social 2022

24/10/2022 08:24 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Uno de los requisitos para solicitar la residencia por arraigo en España mediante arraigo social que debe cumplir un extranjero y obtener una autorización, es acreditar una permanencia continuada en España durante tres años

Arraigo social

El arraigo social, contemplado en el artículo 124.2 del Reglamento de Extranjería, es el tipo de arraigo más solicitado.

Requisitos arraigo social 2022

En el artículo 124.2 del Reglamento de Extranjería dice que se han de cumplir una serie de requisitos para poder conseguir un permiso de residencia por arraigo, en este caso por arraigo social.

En función del vínculo que tiene el extranjero con España, existen diferentes tipos de arraigo: Arraigo Social Arraigo Laboral Arraigo Familiar

Arraigo social 2022 requisitos que se deben cumplir son los siguientes:

  • No ser ciudadano de un estado de la Unión Europea, de Suiza o del espacio Europeo o ser familiar de una persona que cumpla estas condiciones ya que se les aplicaría el régimen de ciudadano de la Unión Europea.
  • No tener antecedentes penales en España ni antecedentes en el resto de países donde hubiera residido en los últimos cinco años, que estén contemplados en la Ley de Ordenamiento española.
  • No tener prohibición de entrada en España o en países en los que España tenga firmado este convenio.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España, es decir que la persona extranjera haya decidido por cualquier motivo volver a su país de origen con el compromiso de no regresar en el plazo acordado.
  • Haber permanecido ininterrumpidamente durante tres años en España.
  • Tener vínculo/s familiar/es con ciudadanos extranjeros residentes en España (cónyuge, pareja de hecho inscrita en el registro, ascendientes y/o descendientes de primer grado y línea directa) o bien poder presentar un informe de Integración Social que emita la Comunidad Autónoma en la que consta su domicilio habitual.

    Este caso tiene la peculiaridad de que si no fuera emitido en un máximo de 30 días, cosa que debería acreditar la persona interesada, podrá hacer justificación mediante cualquier prueba admitida en derecho.

  • Tener un contrato de trabajo por un período no inferior a un año firmado por ambas partes. Para que el contrato sea válido, el empleador debe estar debidamente inscrito en la Seguridad Social y estar al corriente de pago sus obligaciones. Por otra parte, la empresa debe tener liquidez para garantizar la actividad y que se podrá hacer frente al proyecto empresarial y obligaciones que derivan del contrato laboral.

    Tipos de arraigo

    Es posible tener más de un contrato de diferentes empleadores, pero en cualquier caso siempre han de ser de duración mínima de un año y la suma total de las horas de contrato debe ser de un mínimo de 30 horas semanales


Sobre esta noticia

Autor:
Abogado Extranjeria Madrid (14 noticias)
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Nota de prensa
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